Reverse charge: facturar desde una LLC a una empresa europea
Valida al cliente, clasifica el servicio y emite una factura B2B coherente desde tu LLC, con VIES, divisa y reverse charge bien documentados.
Una LLC estadounidense puede prestar consultoría, software, diseño, marketing, desarrollo o servicios profesionales a una empresa europea y facturar en USD o EUR desde su propia estructura. En muchas operaciones B2B, la LLC no repercute IVA europeo: el cliente declara el impuesto en su país mediante inversión del sujeto pasivo, también conocida como reverse charge.
La regla es potente, pero no nace de una frase añadida al pie de la factura. Antes hay que confirmar tres elementos: que el comprador actúa como empresa, que el servicio sigue la regla general B2B y que la prestación se localiza donde está establecido el cliente o el establecimiento que realmente la recibe.
Cuando esos elementos están alineados, la factura es sencilla y la LLC conserva una operativa internacional limpia. El contrato, la validación del cliente, la descripción del servicio, la divisa y la mención fiscal cuentan la misma historia: una empresa estadounidense presta un servicio B2B y el destinatario europeo contabiliza el IVA local.
Qué significa reverse charge en una factura de una LLC
La regla general europea para servicios B2B sitúa la prestación donde el cliente empresario tiene la sede de su actividad. Si el servicio se entrega a un establecimiento permanente situado en otro país, puede prevalecer la ubicación de ese establecimiento.
Cuando el proveedor no está establecido en el Estado miembro donde se devenga el IVA y el cliente es el obligado a pagarlo, el artículo 196 de la Directiva 2006/112/CE aplica la inversión del sujeto pasivo. La consecuencia práctica es:
- la LLC emite la factura sin añadir una cuota de IVA europeo;
- la factura identifica al cliente y el tratamiento aplicado;
- el cliente declara el IVA en su jurisdicción conforme a sus reglas nacionales;
- la LLC conserva la evidencia que sostiene la decisión B2B.
No es una exención ni un “IVA al 0 %”. El impuesto no desaparece: cambia quién lo declara. Por eso una factura profesional no debería presentar una línea de IVA cero como si existiera un tipo del 0 %, sino indicar que el destinatario es el sujeto pasivo.
| Pregunta | Respuesta que sostiene el tratamiento B2B |
|---|---|
| ¿Quién presta el servicio? | La LLC que figura en contrato, factura y cobro |
| ¿Quién lo compra? | Una empresa o sujeto pasivo que actúa para su actividad |
| ¿Qué se vende? | Un servicio sujeto a la regla general B2B o correctamente clasificado |
| ¿Dónde se recibe? | En la sede o establecimiento empresarial identificado |
| ¿Quién declara el IVA? | El cliente, cuando se cumplen los requisitos de reverse charge |
Primero se valida al cliente, después se decide la factura
Un nombre comercial y una dirección europea no bastan para concluir que una venta es B2B. Conviene recoger la razón social completa, dirección, país, número de IVA cuando exista y la identidad de la persona que contrata en nombre de la empresa.
Para una empresa registrada en la Unión, VIES permite comprobar si el número comunicado está habilitado para operaciones transfronterizas. VIES consulta las bases nacionales; no es una base de datos autónoma. La comprobación debería conservar:
- país y número consultado;
- resultado válido o no válido;
- fecha y hora;
- nombre y dirección devueltos o confirmados, cuando estén disponibles;
- referencia o captura de la consulta;
- coincidencia con contrato, pedido y factura.
Un resultado válido es una evidencia fuerte de la condición empresarial. Un resultado no válido no demuestra automáticamente que el comprador sea consumidor: la inscripción puede estar pendiente, no estar activada para operaciones transfronterizas o la base nacional puede no estar disponible. En ese caso, la respuesta sólida es detener la clasificación automática y solicitar confirmación adicional al cliente o a su administración fiscal.
También existen organizaciones que realizan actividad económica pero no disponen todavía de un número visible en VIES. El Reglamento de Ejecución del IVA permite valorar otras pruebas y las comprobaciones razonables realizadas por el proveedor. Eso no convierte una declaración del cliente en prueba suficiente por sí sola; exige documentar por qué se aceptó el tratamiento B2B.
La guía de IVA intracomunitario, VIES y servicios en Europa desarrolla el marco general. Aquí el objetivo es convertir esa validación en una factura concreta y defendible emitida por una LLC.
El tipo de servicio puede cambiar la regla
Reverse charge bajo la regla general B2B cubre una parte muy amplia de los servicios empresariales, pero no todos. Antes de emitir conviene clasificar la prestación real, no sólo el nombre del producto.
| Servicio | Tratamiento inicial habitual | Qué revisar |
|---|---|---|
| Consultoría, marketing, diseño o desarrollo remoto | Regla general B2B | Cliente y sede que recibe el servicio |
| SaaS o licencia digital para uso empresarial | Regla general B2B | Condición empresarial y destinatario efectivo |
| Servicio relacionado directamente con un inmueble | Lugar del inmueble | País, inmueble y alcance técnico |
| Acceso presencial o virtual a determinados eventos | Regla especial del evento | Naturaleza del acceso y lugar aplicable |
| Restauración o catering | Lugar de prestación material | País donde se sirve |
| Alquiler de corta duración de un medio de transporte | Lugar de puesta a disposición | Duración y entrega |
| Servicio prestado a un consumidor | Reglas B2C | País del consumidor y posible OSS |
El correo electrónico, una videollamada o el cobro online no convierten por sí solos una prestación en servicio electrónico. Del mismo modo, llamar “consultoría” a una entrada para un evento no elimina la regla especial que pueda corresponder.
Si la LLC vende servicios digitales a consumidores, el análisis cambia. La pieza sobre OSS no Unión para servicios digitales de una LLC explica cómo se centraliza esa capa B2C sin fragmentar la estructura estadounidense.
La sede de facturación no siempre es quien recibe el servicio
En grupos empresariales es habitual que una matriz firme el contrato, una filial pague y un equipo de otro país utilice el servicio. La dirección escrita en el checkout no resuelve por sí sola el lugar de prestación.
Conviene identificar:
- entidad que firma el contrato;
- entidad que asume el coste;
- equipo o establecimiento que recibe y utiliza el servicio;
- número de IVA asociado a ese destinatario;
- país desde el que se dan las instrucciones y se acepta el trabajo;
- existencia de un establecimiento permanente con medios suficientes para recibir la prestación.
Una simple dirección postal, una oficina virtual o una filial que sólo procesa pagos no se convierten automáticamente en establecimiento receptor. La decisión debe seguir la realidad contractual y operativa.
Para una LLC, esta revisión aporta una ventaja adicional: ordena el expediente comercial antes de facturar. El mismo cliente queda identificado de forma coherente en la propuesta, el contrato, la factura y el cobro, sin depender de reconstrucciones posteriores.
Qué debe incluir la factura
Una factura B2B internacional sólida debe ser comprensible para la LLC, el cliente y su asesor contable. Como mínimo conviene incluir:
| Campo | Contenido recomendado |
|---|---|
| Número de factura | Serie y número único, secuencial dentro de la política de la LLC |
| Fecha | Fecha de emisión y, si difiere, fecha de prestación |
| Proveedor | Nombre legal completo de la LLC y dirección empresarial |
| Identificación estadounidense | EIN de la LLC, claramente separado de cualquier número de IVA |
| Cliente | Razón social, dirección y país |
| IVA del cliente | Número validado y prefijo del Estado miembro, cuando proceda |
| Descripción | Servicio concreto, período, proyecto o entregable |
| Importe | Base, divisa contractual y total |
| IVA repercutido | No se añade cuota cuando aplica reverse charge |
| Mención | “Reverse charge” o “Inversión del sujeto pasivo” |
| Base jurídica | Referencia opcional al artículo 196 de la Directiva 2006/112/CE |
| Pago | Vencimiento, cuenta y referencia de pago |
Una formulación clara puede ser:
Reverse charge. Customer liable for VAT under Article 196 of Council Directive 2006/112/EC.
La Directiva exige la mención “Reverse charge” cuando el cliente es el deudor del impuesto. Puede añadirse una traducción o la referencia jurídica para facilitar el registro contable, pero no conviene llenar la factura de citas que no correspondan al servicio.
La factura tampoco debería presentar el EIN como “VAT number”. El EIN identifica a la empresa ante el IRS; no convierte a la LLC en operador de IVA europeo. Si la LLC dispone de un registro europeo por otra actividad, ambos identificadores deben aparecer con etiquetas distintas.
Facturar en EUR o USD no cambia el lugar del IVA
La divisa es una decisión comercial y de tesorería. Una LLC puede acordar el precio en EUR para dar certeza al cliente europeo o facturar en USD si así lo establece el contrato. Puede cobrar mediante transferencia internacional, cuenta en euros, tarjeta o un procesador compatible con su operativa.
Ninguna de esas decisiones cambia por sí sola:
- la condición B2B del cliente;
- la clasificación del servicio;
- el lugar de prestación;
- la aplicación de reverse charge.
El cliente convertirá la base a su moneda fiscal siguiendo las reglas de su país cuando sea necesario. La LLC, por su parte, debe conservar el importe original, la divisa, la fecha y el importe efectivamente recibido para que facturación, extractos y registros contables puedan relacionarse.
Cobrar a través de un IBAN europeo tampoco transforma a la LLC en una entidad establecida en la UE. La cuenta es infraestructura de pago; el proveedor jurídico sigue siendo la empresa que contrata y presta el servicio.
Cinco escenarios que conviene distinguir
1. Consultoría desde una LLC a una empresa española
La empresa española comunica un NIF-IVA válido, contrata para su actividad y recibe la consultoría en España. Si se aplica la regla general B2B, la LLC factura sin repercutir IVA y añade la mención de inversión del sujeto pasivo. El cliente contabiliza el IVA español conforme a sus obligaciones.
2. SaaS para una empresa francesa
El comprador facilita un número francés válido, el acceso se contrata para uso empresarial y la entidad francesa es el destinatario. La factura identifica a ambas empresas, no añade IVA del proveedor y utiliza reverse charge. Que el producto sea digital no lo convierte en B2C cuando el cliente actúa como empresa.
3. Diseño para una matriz alemana utilizado por su filial italiana
Aquí no basta con facturar a quien pagó. Hay que determinar qué entidad recibe el servicio y si existe un establecimiento permanente al que se presta. Contrato, briefing, usuarios, aceptación del trabajo y VAT ID deben apuntar al mismo destinatario.
4. Acceso a un evento celebrado en Portugal
El acceso a determinados eventos puede seguir una regla especial vinculada al lugar del evento. No debe aplicarse reverse charge general sólo porque el comprador tenga VAT ID. La operación necesita clasificación específica antes de facturar.
5. Número no confirmado por VIES
La LLC solicita documentación adicional y no fuerza una factura B2B automática. El cliente puede confirmar la activación con su administración, aportar evidencia empresarial o corregir un número mal introducido. Si la condición no queda demostrada, se aplica el tratamiento que corresponda a la información disponible.
Decisiones que debilitan una buena factura
Una estructura internacional no necesita más complejidad; necesita decisiones consistentes. Conviene evitar:
- escribir “IVA 0 %” sin explicar el mecanismo;
- llamar exenta a una operación localizada en el país del cliente;
- utilizar un VAT ID que pertenece a otra entidad del grupo;
- asumir que toda empresa europea aparece necesariamente en VIES;
- aplicar la regla general a inmuebles, eventos u otros servicios especiales;
- mezclar EIN y número de IVA en un solo campo;
- cambiar de cliente o divisa entre contrato, factura y cobro;
- confiar únicamente en el país de la tarjeta o de la cuenta bancaria;
- emitir a una marca comercial sin identificar la entidad jurídica.
La solución no es añadir advertencias genéricas. Es capturar mejor los datos al inicio y mantener una política de factura estable para cada tipo de operación.
Una LLC aporta mucho más que la factura
Reverse charge es una pieza de la operativa, no la razón de existir de la LLC. La estructura estadounidense puede reunir contratos, propiedad intelectual, servicios, banca en varias divisas, procesadores, equipo internacional y reinversión bajo una misma empresa.
La factura gana autoridad cuando esa realidad es visible:
- la LLC aparece como proveedor en contrato y términos;
- el servicio pertenece a su actividad real;
- el cobro llega a una cuenta empresarial coherente;
- el descriptor de pago coincide con la marca;
- el cliente sabe quién responde por el servicio;
- los documentos corporativos y fiscales están actualizados;
- cada venta puede seguirse desde el acuerdo hasta el extracto.
La clasificación fiscal federal de la LLC no decide el IVA europeo. Una single-member LLC, una partnership o una LLC con elección corporativa pueden prestar servicios B2B; el tratamiento europeo de la factura depende de la operación y del cliente. Mantener ambas capas coordinadas permite usar la LLC con seguridad y amplitud, sin reducirla a una cuenta bancaria.
Una factura europea alineada con toda tu estructura
Exentax revisa la operación completa: entidad contratante, tipo de servicio, país y condición del cliente, establecimiento receptor, texto contractual, factura, divisa y ruta de cobro. Así el tratamiento fiscal no aparece como una nota aislada, sino como parte de una estructura internacional coherente.
También diseñamos la documentación que debe conservarse, los criterios para aceptar un VAT ID, las excepciones que requieren revisión y la conexión entre banca estadounidense, cuentas en euros, procesadores y facturación. El objetivo es que la LLC pueda vender en Europa con una política clara y escalable.
Preguntas frecuentes sobre reverse charge y LLC
¿Una LLC debe tener VAT ID europeo para facturar a una empresa de la UE?
No necesariamente. En una prestación B2B bajo la regla general, el cliente europeo puede ser el obligado a declarar el IVA mediante reverse charge. La LLC debe identificarse correctamente como empresa estadounidense y conservar la evidencia del destinatario. Otras actividades, establecimientos o reglas especiales sí pueden exigir registro.
¿Qué VAT ID debe aparecer en la factura?
El del cliente que recibe la prestación, cuando proceda y haya sido validado. El EIN de la LLC debe aparecer como identificación fiscal estadounidense, no como número de IVA.
¿La factura debe decir “IVA 0 %”?
Es preferible no presentarlo como un tipo cero. La factura no añade una cuota de IVA del proveedor y señala “Reverse charge” o “Inversión del sujeto pasivo”, porque el cliente es quien contabiliza el impuesto.
¿Un resultado VIES inválido convierte la venta en B2C?
No automáticamente. Puede existir un error, una activación pendiente o una indisponibilidad nacional. La LLC debe solicitar evidencia adicional y documentar la decisión antes de aplicar el tratamiento B2B.
¿Puedo facturar en dólares a un cliente europeo?
Sí, si el contrato y el cliente aceptan USD. La divisa no determina el lugar de prestación ni impide reverse charge. Conviene indicar de forma inequívoca importe, divisa, vencimiento y referencia de pago.
¿Reverse charge se aplica a cualquier servicio?
No. Es habitual en servicios B2B sujetos a la regla general, pero existen reglas especiales para inmuebles, eventos, restauración, transporte y otras operaciones. El servicio debe clasificarse antes de emitir.
¿La cuenta bancaria europea cambia la residencia de la LLC?
No por sí sola. Un IBAN o una cuenta de cobro es infraestructura financiera. La sede, el establecimiento, la actividad y la relación contractual se determinan por hechos jurídicos y operativos más amplios.