Pass-Through de las LLC: qué es, cómo funciona y por qué es ventaja
0 % y traslada el 100 % del beneficio al titular. $0 impuesto federal en EE.UU.: la LLC como Disregarded Entity no tributa, los beneficios pasan directamente al propietario. Gastos deducibles, doble imposición evitada y.
Si alguien te ha dicho que con una LLC puedes pagar $0 de impuestos federales en Estados Unidos, no te estaba tomando el pelo. Es real, es legal, y tiene un nombre técnico: tributación pass-through. Es probablemente la ventaja fiscal más potente de tener una LLC como no residente, y en este artículo te vamos a explicar exactamente cómo funciona.
¿Qué es la tributación pass-through?
En términos simples: tu LLC no paga impuesto federal sobre la renta en Estados Unidos. Los ingresos de la empresa "pasan a través" (pass through) directamente al propietario, que es quien tributa por ellos en su país de residencia fiscal.
Es decir, la LLC es "transparente" fiscalmente. El IRS no la trata como una entidad separada a efectos de impuesto sobre la renta, la trata como si los ingresos fueran directamente tuyos.
Para una Single-Member LLC con propietario extranjero, el IRS la clasifica como Disregarded Entity (entidad ignorada). Esto significa que:
- La LLC no presenta declaración de impuesto sobre la renta propia
- Los ingresos se atribuyen directamente al propietario
- El propietario tributa en su país de residencia fiscal
- En EE.UU. si no hay ingresos de fuente estadounidense, el impuesto federal es $0
Sí, cero dólares. No es un error tipográfico.
¿Cómo es posible que sea $0?
Porque el sistema fiscal estadounidense grava los ingresos según su fuente. Si eres no residente de EE.UU. y tus ingresos provienen de servicios prestados fuera de Estados Unidos (freelancing, asesoría, desarrollo de software, diseño, marketing digital, etc.), esos ingresos no se consideran de fuente estadounidense.
Y si no son de fuente estadounidense, EE.UU. no tiene potestad para gravarlos. Así funciona el sistema, no es una laguna legal, es el diseño del propio código fiscal.
La fórmula simplificada:
- LLC con propietario no residente ✓
- Ingresos por servicios prestados fuera de EE.UU. ✓
- Sin empleados ni oficina física en EE.UU. ✓
- Resultado: $0 impuesto federal en EE.UU.
¿Y entonces dónde pago impuestos?
En tu país de residencia fiscal. Aquí es donde el pass-through cobra sentido completo: los ingresos de tu LLC tributan donde tú vives, no donde está registrada la empresa.
Ejemplo real: freelancer en España con LLC
Imagina que eres diseñador web, vives en Madrid y facturas $6,000 al mes a clientes internacionales a través de tu LLC.
En Estados Unidos:
- Tu LLC presenta el Form 1120 + Form 5472 (informativo)
- Impuesto federal: $0
- La LLC es una Disregarded Entity, transparente fiscalmente
En tu país de residencia:
- Los beneficios netos de tu LLC tributan en tu país de residencia
- Pero: y aquí viene lo bueno, primero deduces todos los gastos legítimos de tu LLC
¿Cuál es la diferencia con ser autónomo directamente?
Siendo autónomo en España, pagas:
- Cuota de autónomos (entre 200 € y 1.600 €/mes según ingresos)
- IRPF sobre tus ingresos netos (hasta el 47% en tramos altos)
- IVA en facturas nacionales (21%)
- Gastos deducibles limitados y constantemente bajo escrutinio fiscal
Con una LLC + estructura pass-through:
- Sin cuota de autónomos en España (si facturas solo a través de la LLC a clientes internacionales)
- $0 impuestos federales en EE.UU.
- Tributación en tu país de residencia sobre los beneficios netos de la LLC (ingresos menos gastos)
- Amplio abanico de gastos deducibles reconocidos por el sistema fiscal estadounidense
- Sin IVA en transacciones internacionales B2B
La diferencia puede ser brutal. Estamos hablando de pasar de un 40-47% de carga fiscal total a poder optimizar hasta un 0%, dependiendo de tu estructura y nivel de ingresos.
Gastos deducibles: donde la magia se multiplica
Una de las grandes ventajas del pass-through es que antes de tributar en tu país, puedes deducir los gastos legítimos de tu negocio. Y el sistema estadounidense es bastante generoso con lo que considera gasto deducible:
Gastos 100% deducibles para tu LLC:
- Software y herramientas digitales: Figma, Adobe, Notion, Slack, GitHub, hosting, dominios, APIs
- Hardware: portátil, monitor, teclado, ratón, auriculares, webcam, micrófono
- Coworking y espacio de trabajo: membresías de coworking, porcentaje del alquiler si trabajas desde casa (home office deduction)
- Formación y cursos: cursos online, libros técnicos, conferencias, workshops
- Viajes de negocio: vuelos, alojamiento y dietas cuando viajas por motivos profesionales
- Marketing y publicidad: anuncios en redes sociales, SEO, branding, diseño de marca
- Servicios profesionales: contabilidad, asesoría fiscal, agente registrado, servicios legales
- Telecomunicaciones: internet, teléfono móvil (porcentaje de uso profesional)
- Suscripciones profesionales: asociaciones, membresías, plataformas de networking
- Seguros de negocio: responsabilidad civil profesional, seguros de equipo
Cada euro (o dólar) que gastas legítimamente en tu negocio es un euro menos sobre el que tributas. Y con el pass-through, esa deducción impacta directamente en tu base imponible personal.
¿Es legal todo esto?
Completamente. No estamos hablando de evasión fiscal, esquemas opacos ni estructuras agresivas. La tributación pass-through es:
- La clasificación fiscal por defecto del IRS para Single-Member LLCs
- Reconocida por las autoridades fiscales de la mayoría de países
- Compatible con los tratados de doble imposición existentes
- Utilizada por millones de empresas en Estados Unidos
La clave está en declarar correctamente en ambos países y mantener toda la documentación en orden. Ahí es donde muchos emprendedores se complican, y donde nosotros entramos.
¿Cómo evitar la doble imposición?
El miedo número uno de cualquier emprendedor con LLC es: "¿voy a pagar impuestos dos veces?" La respuesta corta es no, siempre que tu estructura esté bien montada.
Para no residentes con LLCs sin ingresos de fuente estadounidense:
- En EE.UU.: $0 impuesto federal (no hay nada que duplicar)
- En tu país: tributas por los ingresos de la LLC como ingresos personales
- Resultado: tributas una sola vez, en tu país, con los gastos de la LLC ya deducidos
Si tienes ingresos de fuente estadounidense (clientes en EE.UU. que te contratan para trabajos realizados en EE.UU.), ahí sí podrían aplicarse retenciones. Pero para la inmensa mayoría de freelancers y emprendedores digitales que trabajan desde fuera de EE.UU. la situación es limpia: $0 en EE.UU. y tributación normal en tu país.
Cómo Exentax estructura esto para ti
En Exentax no solo constituimos tu LLC, diseñamos toda la estructura fiscal para que el pass-through funcione de manera óptima para tu caso:
- Analizamos tu situación fiscal en tu país de residencia
- Elegimos el estado de constitución que mejor encaje con tu perfil
- Configuramos la contabilidad para maximizar gastos deducibles legítimos
- Preparamos todas las declaraciones ante el IRS (Form 1120, Form 5472, Form 7004)
- Te orientamos sobre la declaración en tu país de residencia
- Mantenemos todo el compliance al día para que no tengas sorpresas
El resultado: una estructura que minimiza tu carga fiscal total de forma completamente legal, con todos los papeles en orden y sin dolores de cabeza.
Si te ha quedado alguna duda sobre los matices de esta estructura, LLC para residentes y no residentes de EE.UU.: diferencias clave explica en detalle un aspecto colindante que solemos dejar apuntado para otro día.
¿Quieres saber cuánto podrías ahorrarte?
Cada caso es distinto, pero la mayoría de nuestros clientes reducen su carga fiscal total entre un 50% y un 70% respecto a operar como autónomo en su país. Si facturas más de $3,000 al mes, los números empiezan a ser muy interesantes.
Agenda tu asesoría gratuita con Exentax y analizamos tu caso concreto. Te mostramos exactamente cuánto pagarías con una LLC vs tu estructura actual, con números reales, no con promesas vagas.
Referencias legales y normativas
Este artículo se apoya en normativa vigentes actualmente. Citamos las fuentes principales para que puedas verificarlo:
- EE. UU. Treas. Reg. §301.7701-3 (clasificación de entidades / check-the-box); IRC §882 (impuesto sobre rentas de extranjeros conectadas con US trade or business); IRC §871 (FDAP y retenciones a no residentes); IRC §6038A y Treas. Reg. §1.6038A-2 (Form 5472 para 25% foreign-owned y foreign-owned disregarded entities); IRC §7701(b) (residencia fiscal, substantial presence test); 31 U.S.C. §5336 (Corporate Transparency Act, BOI Report ante FinCEN).
- España. Ley 35/2006 (LIRPF), arts. 8, 9 (residencia), 87 (atribución de rentas), 91 (transparencia fiscal internacional para personas físicas); Ley 27/2014 (LIS), art. 100 (transparencia fiscal internacional para sociedades); Ley 58/2003 (LGT), arts. 15 (conflicto en aplicación de la norma) y 16 (simulación); Ley 5/2022 (régimen sancionador del Modelo 720 tras STJUE C-788/19 de 27/01/2022); RD 1065/2007 (Modelos 232 y 720); Orden HFP/887/2023 (Modelo 721 cripto).
- Convenio España–EE. UU. BOE de 22/12/1990 (CDI original); Protocolo en vigor desde 27/11/2019 (renta pasiva, limitation on benefits).
- UE / OCDE. Directiva (UE) 2011/16, modificada por DAC6 (mecanismos transfronterizos), DAC7 (Directive (EU) 2021/514, plataformas digitales) y DAC8 (criptoactivos); Directiva (UE) 2016/1164 (ATAD: CFC, exit tax, asimetrías híbridas); Estándar Común de Reporte (CRS) de la OCDE.
- Marco internacional. Modelo de Convenio OCDE, art. 5 (establecimiento permanente) y comentarios; Acción 5 BEPS (sustancia económica); FATF Recommendation 24 (titularidad real).
La aplicación concreta de cualquiera de estas normas a tu caso depende de tu residencia fiscal, la actividad de la LLC y la documentación que mantengas. Este contenido es informativo y no sustituye al asesoramiento profesional personalizado.
Hechos legales y de procedimiento
La normativa de información a FinCEN y al IRS se ha movido en recent years; la versión vigente es esta:
Antes de seguir, pon números a tu caso: la calculadora Exentax compara, en menos de 2 minutos, tu carga fiscal actual con la que tendrías operando una LLC declarada en tu país de residencia.
Puntos clave
- BOI / Corporate Transparency Act: tu LLC NO está obligada (ventaja competitiva). Tras la interim final rule de FinCEN de marzo de 2025, la obligación del BOI Report quedó restringida a las "foreign reporting companies" (entidades constituidas FUERA de EE. UU. y registradas para hacer negocios en un estado). Una LLC formada en EE. UU. propiedad de un no residente NO presenta BOI Report: un trámite menos en tu calendario, menos burocracia y una estructura más limpia que nunca. Si tu LLC se constituyó antes de marzo de 2025 y ya presentaste BOI, conserva el acuse. El estado normativo puede cambiar: monitorizamos FinCEN.gov en cada presentación y, si la obligación vuelve a aplicar, la gestionamos sin coste adicional. Estado vigente verificable en fincen.gov/boi.
- Form 5472 + 1120 pro-forma. Para una Single-Member LLC propiedad de un no residente, las regulaciones finales de Treas. Reg. §1.6038A-1 (vigentes desde 2017) tratan a la LLC como una corporación a efectos del 5472. Procedimiento: Form 1120 pro-forma (solo cabecera: nombre, dirección, EIN, ejercicio fiscal) con el Form 5472 anexado. Se envía por correo certificado o fax al IRS Service Center de Ogden, Utah, no se presenta vía MeF/e-file estándar. Vencimiento: 15 de abril; prórroga con Form 7004 hasta el 15 de octubre. Sanción: 25.000 USD por formulario y año, más 25.000 USD por cada 30 días adicionales sin presentación tras notificación del IRS.
- Form 1120 sustantivo. Solo aplica si la LLC ha realizado check-the-box election a C-Corp (Form 8832): entonces tributa al 21 % federal y presenta un 1120 con cifras reales. La LLC disregarded estándar no presenta un 1120 sustantivo y no paga corporate tax federal.
- EIN y notificaciones. Sin EIN no se puede presentar 5472 ni BOI. El IRS no avisa antes de sancionar; las multas se descubren al actuar contra el EIN o al rechazar una próxima presentación. Tranquilo: en Exentax esto es trabajo de cada semana, lo gestionamos antes de que la carta llegue a tu buzón.
Te lo montamos sin que pierdas un fin de semana
Miles de freelancers y emprendedores ya operan con su LLC americana de forma 100% legal y documentada. En Exentax nos encargamos de todo el proceso: constitución, banca, pasarelas de pago, contabilidad, declaraciones IRS y compliance en tu país de residencia. Agenda una asesoría gratuita y te diremos con sinceridad si la LLC tiene sentido para tu caso, sin promesas absolutas.
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Actualización Exentax hoy: pass-through al detalle hoy
La tributación pass-through es el corazón fiscal de una SMLLC; conviene precisarla con datos hoy:
- Mecánica. Treas. Reg. §301.7701-3 trata la SMLLC como disregarded entity: los ingresos y gastos pasan al member y se tributan donde éste sea residente fiscal. La LLC no es contribuyente federal por defecto.
- Excepciones. Si presentas Form 8832 marcando check-the-box election a C-Corp, la LLC pasa a tributar al 21 % federal y presenta 1120 sustantivo. Decisión irrevocable durante 60 meses.
- Reporte obligatorio aun siendo disregarded. Para SMLLC con member no residente, Form 5472 + 1120 pro forma anual ante cualquier reportable transaction (sanción base 25.000 USD/año, IRC §6038A). El reporte es informativo; no implica pagar tax federal. Lo cerramos contigo desde Exentax: una llamada, presentación y archivo, y el riesgo se queda en el papel.
Preguntas frecuentes hoy
¿Pass-through significa que no declaro nada? No. Significa que la LLC no es contribuyente; tú sí. Declaras los beneficios atribuidos en tu IRPF/EStG/IRPEF según residencia.
¿Cuándo conviene la elección C-Corp? Cuando los socios necesitan diferir tributación o cuando se busca acumular beneficios al 21 % federal antes de distribuir. Análisis caso a caso.
¿Multi-member cambia algo? Sí: deja de ser disregarded y pasa a partnership por defecto, con Form 1065 + K-1 anual, manteniendo pass-through.
Cómo se grava de verdad una LLC pass-through, según el método Exentax
Una LLC single-member es disregarded entity por defecto: no paga impuesto federal en USA, pero su renta se imputa al beneficiario en su residencia. Esa pieza es la que casi nadie explica bien y la que el método Exentax cierra desde el principio.
- Imputación en residencia: la renta neta de la LLC tributa en IRPF/IRS local del beneficiario en el ejercicio en que se devenga, no cuando se distribuye.
- Convenio de doble imposición aplicado correctamente para no pagar dos veces sobre la misma renta cuando aplique sustancia y atribución.
- 5472 + 1120 pro-forma: aunque no pague impuesto federal, la LLC sigue obligada a presentar; omitirlo cuesta 25 000 USD por ejercicio.
Para ver tu cifra exacta de tributación combinada, lanza la calculadora Exentax o reserva treinta minutos.
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¿Y si la AEAT me pregunta por mi LLC?
Es la pregunta que más nos hace todo el mundo en la primera consulta y tiene una respuesta corta: tu LLC no es opaca y, si está bien declarada, una inspección se cierra en formularios estándar. La AEAT puede pedirte el certificado de constitución del estado (Wyoming, Delaware o Nuevo México), el EIN emitido por el IRS, el Operating Agreement firmado, los extractos de Mercury o Wise del ejercicio, el Form 5472 con el 1120 pro-forma presentado y la conciliación contable que cuadra ingresos, gastos y movimientos. Si todo eso existe y se entrega ordenado, la inspección no escala. Lo cerramos contigo desde Exentax: una llamada, presentación y archivo, y el riesgo se queda en el papel.
Lo que la AEAT sí persigue, y con razón, es la titularidad simulada (testaferros, prestanombres, residencia fiscal de papel) y la falta de declaración del Modelo 720 / 721. Una LLC bien montada es exactamente lo contrario de eso: tú apareces como beneficial owner en el BOI Report cuando aplica (verificable en fincen.gov/boi), tú firmas las cuentas bancarias y tú declaras la renta donde corresponde. La estructura está registrada en el Secretary of State del estado correspondiente, en los archivos del IRS y, si se opera con bancos europeos, también queda dentro del perímetro CRS del estándar de la OCDE.
El error que sí hunde una inspección no es tener una LLC, es no haber atribuido la renta correctamente en el IRPF español, no haber presentado el Modelo 720 sobre las cuentas en EE. UU. cuando el saldo a 31/12 supera 50.000 € o no haber documentado las operaciones vinculadas socio-LLC en el Modelo 232 cuando proceda. Esos tres frentes son los que conviene cerrar antes de que llegue cualquier requerimiento, no después. Aquí entra Exentax: te presentamos el formulario, archivamos el acuse y, si la administración pregunta, ya tienes la respuesta lista.
## Lo que NO hace una LLC
- No te exime de tributar en España. Si vives en España, tributas en España por la renta mundial. La LLC ordena tu fiscalidad estadounidense (cero impuesto federal en Single-Member LLC pass-through, salvo Effectively Connected Income), no la española. La cuota del IRPF se calcula sobre el beneficio atribuido, no sobre los dividendos cobrados.
- No es una "offshore" ni un esquema BEPS. Es una entidad estadounidense reconocida por el IRS, registrada en un estado concreto con dirección física, con agente registrado y con obligaciones informativas anuales. Las jurisdicciones offshore clásicas (BVI, Belice, Seychelles) no aparecen en ningún papel; una LLC sí, en cinco sitios distintos.
- No te protege si hay confusión patrimonial. El velo corporativo (pierce the corporate veil) se levanta en cuanto un juez detecta que la LLC y el socio son la misma persona en la práctica: cuentas mezcladas, gastos personales pagados desde la cuenta de la LLC, sin Operating Agreement firmado o sin contabilidad mínima. Tres movimientos sospechosos bastan.
- No te ahorra cotizaciones a la Seguridad Social en España. Si eres residente fiscal en España y autónomo, tu cuota mensual sigue siendo la misma. La LLC opera tu actividad económica frente a clientes internacionales; tu cotización personal en RETA es independiente y depende de tu base elegida en el BOE de Seguridad Social.
- No te libra de declarar las cuentas extranjeras. Si la suma de cuentas en EE. UU. (Mercury, Relay, Wise USD) supera 50.000 € a 31/12, Modelo 720 antes del 31 de marzo. Si tienes criptoactivos custodiados en exchanges fuera de España por más de 50.000 €, Modelo 721 en el mismo plazo. Las dos obligaciones son del residente fiscal, no de la LLC.
En Exentax revisamos estos cinco frentes cada año junto con el calendario federal estadounidense (Form 5472, 1120 pro-forma, FBAR, Annual Report estatal y BOI Report cuando aplique). El objetivo es que ninguna inspección encuentre un cabo suelto y que la estructura sostenga revisiones a 5-7 años vista.
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